Carmen Pichardo Suárez
PROYECTO DE MUSEO DE HISTORIA
DE LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES
¿POR QUE HACEMOS ESTE MUSEO?
Porque
como la mayoría de las Universidades de Sevilla , queremos tener nuestro propio museo el cual nos represente.
¿PARA QUE LO HACEMOS?
Para dar a
conocer la Historia de la Conservación y Restauración que viene desde la prehistoria hasta nuestros días.
¿PARA QUIEN LO HACEMOS?
Para la comunidad universitaria y para todo aquel que desee
conocer el campo de nuestra profesión y los avances que ha habido a lo largo de
la historia.
INTRODUCCIÓN
Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Título II. Artículo
14.
Ejemplos: Jardines del Generalife, Monasterio de Piedra, Parque de María Luisa.
“
Para los efectos de esta Ley tienen la consideración de bienes inmuebles,
además de los enumerados en el artículo
334 del Código Civil,cuantos elementos puedan considerarse
consustanciales con los edificios y formen parte de los mismos o de su exorno, o lo hayan formado, aunque en el
caso de poder ser separados constituyan un todo
perfecto de fácil aplicación a otras construcciones o a usos distintos del suyo
original, cualquiera que sea la
materia de que estén formados y aunque su separación no perjudique visiblemente al mérito histórico o artístico del
inmueble al que están adheridos.”
“Los bienes inmuebles integrados en el
Patrimonio Histórico Español pueden ser declarados
Monumentos, Jardines, Conjuntos y Sitios Históricos, así como Zonas Arqueológicas, todos ellos como Bienes
de Interés Cultural.”
Para su conservación están
amparadas por el artículo 39.2 de esta misma ley que dice:
“En
el caso de bienes inmuebles, las actuaciones a que se refiere el párrafo
anterior irán encaminadas a su
conservación, consolidación y rehabilitación y evitarán los intentos de reconstrucción, salvo cuando se
utilicen partes originales de los mismos y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen
materiales o partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento, las adiciones deberán
ser reconocibles y evitar las confusiones miméticas”.
Artículo
334 del Código Civil
Son Bienes Inmuebles:
“Las tierras, edificios, caminos y construcciones de todo
género adheridas al suelo.
Todo
lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de suerte que no pueda separarse de él sin quebrantamiento de
la materia o deterioro del objeto.
Las
estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de uso u ornamentación, colocados
en edificios o heredades por el
dueño del inmueble en tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al fundo.”
CLASIFICACIÓN
MONUMENTO
Son Monumentos aquellos bienes
inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u
obras de escultura colosal siempre que tengan interés histórico, artístico,
científico o social.
Ejemplos: Muralla de Ávila, Acueducto de Segovia, Alhambra de Granada, Teatro Romano
de Mérida, La Giralda, Alcázar de Toledo, Catedral de Burgos.
CONJUNTO HISTÓRICO
Jardín Histórico es el espacio
delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a
veces complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en
función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales
o botánicos.
Ejemplos:
Pueblos con encanto: Ainsa en
Huesca, Setenil de las Bodegas, Mojacar, Trujillo
Ciudades
Patrimonio de la humanidad: Toledo,
Mérida, Santiago de Compostela, Cueca.
Cascos Históricos de las ciudades: Córdoba, Zufre, Toledo, Cuenca.
JARDÍN HISTÓRICO
Conjunto
Histórico es la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de
asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física
representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su
cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad. Asimismo
es Conjunto Histórico cualquier núcleo individualizado de inmuebles
comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas
características y pueda ser claramente delimitado.
Ejemplos: Jardines del Generalife, Monasterio de Piedra, Parque de María Luisa.
SITIO HISTÓRICO
Sitio
Histórico es el lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos
del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y
a obras del hombre, que posean valor histórico, etnológico, paleontológico o
antropológico.
Ejemplos:
Casa natal de
un personaje célebre como La Casa Museo Sorolla en Madrid.
BIBLIOGRAFÍA
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